¿Quién puede beneficiarse del ITP reducido en la Comunidad Valenciana? Requisitos y claves

11 June 2026

Cuando se compra una vivienda de segunda mano, uno de los gastos que más peso tiene en el presupuesto es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Dependiendo del precio de la vivienda, puede suponer varios miles de euros adicionales que conviene tener en cuenta antes de firmar.

Lo que muchos compradores desconocen es que existen situaciones en las que este impuesto puede reducirse de forma significativa. La Generalitat Valenciana contempla distintos tipos reducidos para determinados colectivos, lo que permite ahorrar una cantidad importante en la compra de una vivienda habitual.

Si estás pensando en comprar una casa en Valencia y quieres saber si puedes acogerte al ITP reducido de la Comunidad Valenciana, esta guía te ayudará a identificar los casos en los que se aplica, los requisitos que debes cumplir y cuánto podrías llegar a ahorrar.

¿Qué es el ITP reducido y cuánto puedes ahorrar?

Antes de entrar en detalle, conviene entender por qué este beneficio fiscal es tan relevante para quienes compran vivienda.

El ITP es el impuesto que se aplica a la compra de viviendas de segunda mano. Por tanto, si compras una vivienda usada a otro particular, deberás abonar este impuesto.

En cambio, las viviendas de obra nueva no tributan por ITP, sino por IVA, que con carácter general es del 10% sobre el precio de compra. Esta diferencia es importante porque influye directamente en los gastos e impuestos asociados a la adquisición de una vivienda.

Actualmente, el tipo general del ITP en la Comunidad Valenciana es del 9% para las compras de vivienda de segunda mano, cuyo importe no sea superior a 1 millón de euros, en cuyo caso, el tipo sería del 11%.

Sin embargo, determinados compradores pueden acceder a tipos reducidos que oscilan entre el 3% y el 8%, dependiendo de sus circunstancias personales y del valor del inmueble.

La diferencia puede ser considerable.

Por ejemplo, en una vivienda de 180.000 euros:

  • Con el tipo general del 9%, el impuesto sería de 16.200 euros.
  • Con un tipo reducido del 3%, el impuesto sería de 5.400 euros.

En este caso, el ahorro supera los 10.000 euros.

Por eso, antes de comprar una vivienda conviene comprobar si existe la posibilidad de acogerse al ITP reducido en la Comunidad Valenciana, especialmente si se trata de una primera residencia.

Te recomendamos la lectura de este artículo → Comprar vivienda en pareja con diferentes aportaciones: opciones y consejos legales

¿Quién puede beneficiarse del ITP reducido en la Comunidad Valenciana?

La normativa autonómica contempla distintos supuestos que permiten tributar por debajo del tipo general.

A continuación, repasamos los principales colectivos que pueden acceder a este beneficio fiscal.

Jóvenes menores de 35 años

Uno de los casos más habituales es el del ITP reducido para menores de 35 años.

La Generalitat Valenciana aplica dos tipos diferentes en función del valor de la vivienda:

  • 6% cuando el valor del inmueble no supera los 180.000 euros.
  • 8% cuando el precio es superior a los 180.000 euros.

Para acceder a este beneficio, la vivienda debe constituir la primera vivienda habitual del comprador.

Este incentivo busca facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes, que suelen enfrentarse a mayores dificultades para reunir el ahorro necesario para la compra.

Por ello, el ITP reducido para menores de 35 años se ha convertido en una de las ayudas más interesantes para quienes adquieren su primera vivienda en la Comunidad Valenciana.

Familias numerosas y monoparentales

Las familias numerosas y monoparentales también pueden beneficiarse de tipos reducidos al comprar una vivienda habitual.

En este caso, los porcentajes aplicables son:

  • 3% para viviendas con un valor de hasta 180.000 euros.
  • 4% para viviendas que superen los 180.000 euros.

Personas con discapacidad

Las personas con discapacidad reconocida también pueden acogerse al ITP reducido de la Comunidad Valenciana cuando adquieren una vivienda habitual.

Los tipos aplicables son:

  • 3% para viviendas de hasta 180.000 euros.
  • 4% para viviendas de valor superior.

La normativa exige acreditar un grado de discapacidad determinado, que varía según el tipo de discapacidad reconocida.

Mujeres víctimas de violencia de género

Otro de los colectivos que puede acceder a una tributación reducida es el de las mujeres víctimas de violencia de género.

Los porcentajes son los mismos que en los supuestos anteriores:

  • 3% para viviendas de hasta 180.000 euros.
  • 4% para viviendas que superen dicho importe.

El objetivo es facilitar el acceso a una vivienda habitual y favorecer la autonomía residencial de las personas que se encuentran en esta situación.

Compradores de viviendas protegidas

La compra de una vivienda protegida también puede beneficiarse de tipos reducidos en el ITP, aunque el porcentaje aplicable dependerá de la modalidad de protección oficial y del valor de la vivienda.

En el caso de las viviendas de protección oficial de régimen general destinadas a constituir la primera vivienda habitual del comprador, el tipo aplicable es del:

  • 6% cuando el valor de la vivienda no supera los 180.000 euros.
  • 8% cuando supera esa cantidad.

Por su parte, las viviendas de protección pública de régimen especial disfrutan de una tributación aún más reducida:

  • 3% para viviendas de hasta 180.000 euros.
  • 4% para las de valor superior.

Como ocurre con el resto de beneficios fiscales, es necesario cumplir los requisitos establecidos por la normativa autonómica y acreditar que la vivienda va a destinarse a residencia habitual cuando así se exija.

Por ejemplo, la compra de una vivienda protegida de régimen especial valorada en 170.000 euros podría tributar al 3% en lugar del 9% general. Esto supondría pagar 5.100 euros de ITP frente a los 15.300 euros que corresponderían aplicando el tipo ordinario.

Requisitos del ITP reducido en la Comunidad Valenciana

Aunque cada supuesto tiene sus particularidades, existen una serie de condiciones comunes que conviene conocer.

La vivienda debe ser la residencia habitual

En la mayoría de los casos, el requisito principal es que la vivienda vaya a constituir la residencia habitual del comprador.

Es decir, el beneficio fiscal no está pensado para segundas residencias ni para viviendas adquiridas con fines de inversión.

Cuando hablamos de itp reducido en vivienda habitual significa que el inmueble debe destinarse realmente a vivir en él de forma permanente.

Acreditar la situación personal o familiar

Otro de los requisitos del itp reducido en la comunidad valenciana consiste en justificar documentalmente la situación que da derecho a la reducción.

Por ejemplo:

  • Documento acreditativo de familia numerosa.
  • Título de familia monoparental.
  • Certificado de discapacidad.
  • Documentación acreditativa de víctima de violencia de género.
  • Justificación de edad para el caso del itp reducido para menores de 35 años.

Tener preparada esta documentación desde el inicio facilita la tramitación y evita incidencias posteriores.

Formalizar correctamente la compra

Aunque suele darse por hecho, también es importante que la compraventa se formalice adecuadamente y que toda la información reflejada en la escritura sea coherente con los requisitos exigidos para aplicar el beneficio fiscal.

Ante cualquier duda, siempre es recomendable consultar con un profesional especializado antes de presentar la liquidación del impuesto.

¿Cuánto puedes ahorrar con el ITP reducido?

El ahorro dependerá del valor de la vivienda y del tipo reducido que corresponda en cada caso.

Veamos algunos ejemplos orientativos.

Precio de la viviendaTipo general (9%)Tipo reducidoCuota a pagarAhorro aproximado
180.000 €16.200 €3%5.400 €10.800 €
180.000 €16.200 €6%10.800 €5.400 €
250.000 €22.500 €4%10.000 €12.500 €
250.000 €22.500 €8%20.000 €2.500 €

Como puede verse, el impacto económico no es menor. En algunos casos, el ahorro supera ampliamente los 10.000 euros.

Por eso, comprobar si se cumplen los requisitos ITP reducido Comunidad Valenciana debería formar parte de cualquier planificación de compra.

¿Cuál es el plazo para pagar el ITP en la Comunidad Valenciana?

Una vez firmada la escritura de compraventa ante notario, no conviene dejar este trámite para más adelante. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales tiene un plazo de presentación y pago que debe respetarse para evitar recargos o sanciones.

En la Comunidad Valenciana, la autoliquidación del impuesto debe presentarse en el plazo de un mes desde la fecha en que se formaliza la compraventa, lo que se traduce como 30 días hábiles desde la firma de la escritura, ya que no se computan fines de semana ni festivos.

Si se supera este plazo, la Administración puede exigir recargos, intereses e incluso sanciones en determinados casos.

Además, retrasar el pago puede complicar trámites posteriores relacionados con la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Por este motivo, es recomendable preparar toda la documentación necesaria antes de la firma o, al menos, durante los primeros días posteriores a la compra.

Pasos para liquidar el ITP en la Comunidad Valenciana

La mayoría de compradores delega este trámite en la gestoría de la notaría o en un asesor fiscal especializado.

Es la opción más cómoda y la que suele generar menos incidencias, especialmente cuando existen bonificaciones o casos en que se puede aplicar el ITP reducido de la Comunidad Valenciana.

No obstante, si prefieres realizar la autoliquidación por tu cuenta, estos son los trámites que debes cumplimentar:

1. Reunir toda la documentación

Antes de iniciar el trámite, necesitarás disponer de:

  • Copia autorizada o copia simple de la escritura de compraventa.
  • DNI o NIE de los compradores.
  • Datos catastrales de la vivienda.
  • Documentación acreditativa de posibles beneficios fiscales o tipos reducidos.
  • Número de cuenta para realizar el pago si la cuota resulta a ingresar.

2. Calcular el impuesto que corresponde

El siguiente paso consiste en determinar qué tipo impositivo debes aplicar.

Aquí es donde conviene comprobar si tienes derecho al ITP reducido por vivienda habitual o a alguno de los supuestos especiales previstos por la Generalitat Valenciana para jóvenes menores de 35 años, familias numerosas, personas con discapacidad o víctimas de violencia de género.

3. Cumplimentar el Modelo 600

La autoliquidación del ITP se realiza mediante el modelo 600, que puede tramitarse tanto de forma presencial como telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.

En este formulario se incluyen los datos del comprador, del vendedor, de la vivienda y el importe del impuesto que corresponde pagar.

4. Realizar el pago

Una vez cumplimentado el modelo, deberá efectuarse el ingreso correspondiente.

El pago puede realizarse a través de los sistemas habilitados por la Generalitat Valenciana o mediante las entidades colaboradoras autorizadas.

5. Presentar la autoliquidación

El último paso consiste en presentar la documentación junto con el justificante de pago.

Una vez completado el proceso, obtendrás el documento acreditativo de haber liquidado correctamente el impuesto, necesario para continuar con otros trámites relacionados con la compra de la vivienda.

¿Merece la pena hacerlo por tu cuenta?

Aunque se trata de una operación sencilla, muchos compradores optan por realizar la gestión a través de un profesional especializado.

Más aún, cuando existen dudas sobre la aplicación de un ITP reducido en Valencia. En estos casos siempre es recomendable contar con asesoramiento profesional.

El coste de una gestoría suele ser reducido en comparación con los problemas que puede generar una autoliquidación incorrecta o presentada fuera de plazo.

¿Cómo puede ayudarte Monserrate?

Cada operación inmobiliaria es diferente y pequeños detalles pueden tener un impacto importante en el coste final de la compra.

Antes de firmar una vivienda, conviene revisar si existen beneficios fiscales aplicables, como el ITP reducido por vivienda habitual, y comprobar que se cumplen todos los requisitos exigidos por la normativa autonómica.

En Monserrate Inmobiliaria acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso de compra, ofreciendo un asesoramiento cercano y personalizado para que cada decisión se tome con la máxima información posible.

Contacta con nosotros y te ayudaremos a comprobar si cumples los requisitos para acceder al ITP reducido, para que puedas comprar con toda la información y evitar gastos innecesarios.

Escríbenos, y uno de nuestros premium home agents se pondrá en contacto contigo.

    Contactar

    Escríbenos, y uno de nuestros premium home agents se pondrá en contacto contigo.